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  • Este debate tiene 3 respuestas, 3 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 16 años, 9 meses por Anónimo.
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    Anónimo
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    Estimado Sr. Juez:

    He sido denunciado por circular a 250 km/h en la Nacional 530
    cuando iba camino de mi pueblo para hacer la matanza. Según me
    dijeron los Guardias Civiles que me pararon, el radar me detectó a
    la velocidad antes indicada en un tramo limitado a 70 km/h.
    Yo, por mi parte, puedo decir que he visto perfectamente esa
    señal con el número 70 en negro, dentro del círculo rojo con el
    fondo blanco. Sin
    embargo, por más que me he fijado, no he visto
    ninguna
    unidad de medida junto al numerito 70.
    Como Vd. sabrá mejor que yo, que para eso ha estudiado derecho,
    la Ley 54/1893 establece que en el Estado Español (que Dios guarde
    muchos años) se establece que el Sistema Métrico Internacional
    será el obligatorio en el país, y dentro de las reglas propiamente
    dichas del citado Sistema Métrico Internacional, se establece que
    la únidad de longitud será el metro, y la unidad de tiempo será el
    segundo.
    No se si cuando Vd. terminó derecho le dio tiempo a hacer algo
    de matemáticas, pero por si acaso voy a informarle de que la
    velocidad se mide dividiendo la distancia recorrida entre el

    tiempo empleado para recorrerla, por lo que
    cogiendo la unidad de
    medida de la distancia (metro) y la unidad de medida del tiempo
    (segundo), obtendremos la unidad de medida de la velocidad:
    METROS POR SEGUNDO, que, tal y como nos dice la Ley
    anteriormente citada, SERÁ LA UNIDAD DE MEDIDA OBLIGATORIA PARA LA
    VELOCIDAD.
    Yo no le voy a negar que fuese a 250 km/h, que de hecho los
    iba, pero es que la señal que yo vi sólo ponía 70, y en virtud del
    imperio de la ley que todos debemos respetar y del que Vd. es el
    máximo exponente, no he dudado en considerar que el 70 se refería
    a la unidad internacional de la velocidad, el metro por segundo;
    si Vd. hace la conversión,
    observará que 70 m/s equivalen a 252
    km/h, con lo cual yo circulaba a 2 km/h por debajo de lo
    permitido.
    Por todo lo expuesto, ruego a Vd. que me devuelva el carnet de
    conducir, los 600 Euros y los 8 puntos que me han quitado, que no
    están las cosas para bromas, dejando este asunto en un lamentable
    malentendido por el que no voy a denunciar a los pobres Agentes,
    que bastante tienen con su arriesgado trabajo y estoy seguro que
    no lo hicieron con mala intención.

    Atentamente.

    #91409
    Anónimo
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    Iñaki, creo recordar que ese recurso o parecido a él, lo hizo un ciudadano francés a la autoridad pertinente Francesa después de ser “cazado” a 250 Kilómetros por hora.
    Además,si la memoria no me falla, en el mismo recurso pedía que para evitar la confusión de circular, por ejemplo, a 70 metrospor segundo, cuya equivalencia son 252 Kilómetros por hora o a70Kilómetros por hora, que equivalen a 19,44 metros por segundo, diese la orden pertinente al Ministerio correspondiente de cambiar todas, absolutamente todas las señales de Francia que indicaban la velocidad máxima permitida indicando en la misma la unidad métrica y de tiempo correspondiente, ya fuesen metros por segundo o kilómetros hora, para que no pudieran crear dudas a los conductores que circularan por esa vía con sus vehículos.Ade
    .es,

    #91410
    Anónimo
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    Gano?

    #91411
    Anónimo
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    Yo no se si gano,pero su linea argumental es buena…y ya cuandofinaliza perdonando a los agentes, es que se sale.Un saludo

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